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Nido de Víboras

...Y LAS ALEGACIONES DE CC.OO.

...Y LAS ALEGACIONES DE CC.OO.

En el enlace de abajo podeis descargaros las alegaciones de CC.OO al proyecto de decreto:

http://elnidodeviboras.blogdiario.com/img/alegacionesCCOO.pdf

Este sindicato nos informa de lo siguiente (Textual):

Estimados compañeros y compañeras: Adjunto a este documento os mando las alegaciones que CCOO ha presentado al Proyecto de Decreto por el que se regula la plantilla orgánica, funciones, retribuciones, acceso y provisión de plazas del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, en las especialidades de Farmacia y Veterinaria. Debo deciros, en primer lugar, algo que parece ha llevado a confusión a más de uno y una: este borrador no se va a negociar en mesa sectorial. Ya pasó por ella y se aprobó, como sabéis sin nuestro voto. Ahora ese borrador está en trámite para su aprobación por el Consejo de Gobierno. El trámite de audiencia es uno de ellos y en él nos encontramos. Las alegaciones que presentemos serán tenidas en cuenta o no pero nunca negociadas. En primer lugar hemos pedido que el borrador vuelva a la mesa pues ha sufrido cambios sustanciales y creemos deben negociarse en dicho ámbito. Hemos hecho alegaciones, a pesar de ello, sobre los temas que nos han llegado desde las provincias y afiliados /as sobre las funciones, efectos económicos, plantillas, baremos, etc. Si alguien ha remitido propuestas y no las ve reflejadas, debéis saber que el pasado día 26 finalizaba el plazo de presentación. Espero que esta información te sea de utilidad       Manuel Pérez Jiménez.Responsable Acción Sindical.Sevilla, 30 de abril de 2007.  

Bueno, parece que ya sólo nos queda UGT. Esperemos que nos muestren sus alegaciones.

Esperamos poder ofreceros en breve información detallada y comentada sobre la jornada celebrada hoy 2 de mayo en dicha sede de UGT con la Consejería-SAS, pero si alguien ha asistido y quiere darnos su punto de vista, por favor que envíe un artículo o  que publique un comentario en este blog. Gracias.

7 comentarios

joaquin -

Anodino, veo que estas informado, ¿sabes cuando y como se realizaría esa chapuza de la sentencia judicial? gracias

Anónimo -

También nos negarán nuestro derecho a la negociación colectiva de las condiciones de trabajo.

Calpurnia Pisonis -

Es curioso que un escrito de alegaciones de fecha 26 de abril (firmado por D. Leonardo Romero) sea adjunto al escrito de remisión de alegaciones, de fecha 25, ¡y registrado de entrada el mismo día 25!.
Es lo más interesante de todo el documento, ¿verdad?.

Anónimo -

Se avecina otra chapuza de la Administración y Gobierno de esta nuestra comunidad:
LEY 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público:

CAPÍTULO IV

Derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional. Derecho de reunión

Artículo 31. Principios generales.

1. Los empleados públicos tienen derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional para la determinación de sus condiciones de trabajo.

2. Por negociación colectiva, a los efectos de esta Ley, se entiende el derecho a negociar la determinación de condiciones de trabajo de los empleados de la Administración Pública.

3. Por representación, a los efectos de esta Ley, se entiende la facultad de elegir representantes y constituir órganos unitarios a través de los cuales se instrumente la interlocución entre las Administraciones Públicas y sus empleados.

4. Por participación institucional, a los efectos de esta Ley, se entiende el derecho a participar, a través de las organizaciones sindicales, en los órganos de control y seguimiento de las entidades u organismos que legalmente se determine.

5. El ejercicio de los derechos establecidos en este artículo se garantiza y se lleva a cabo a través de los órganos y sistemas específicos regulados en el presente Capítulo, sin perjuicio de otras formas de colaboración entre las Administraciones Públicas y sus empleados públicos o los representantes de éstos.

6. Las Organizaciones Sindicales más representativas en el ámbito de la Función Pública están legitimadas para la interposición de recursos en vía administrativa y jurisdiccional contra las resoluciones de los órganos de selección.

7. El ejercicio de los derechos establecidos en este Capítulo deberá respetar en todo caso el contenido del presente Estatuto y las leyes de desarrollo previstas en el mismo.

8. Los procedimientos para determinar condiciones de trabajo en las Administraciones Públicas tendrán en cuenta las previsiones establecidas en los convenios y acuerdos de carácter internacional ratificados por España.

Artículo 32. Negociación colectiva, representación y participación del personal laboral.

La negociación colectiva, representación y participación de los empleados públicos con contrato laboral se regirá por la legislación laboral, sin perjuicio de los preceptos de este Capítulo que expresamente les son de aplicación.

Artículo 33. Negociación colectiva.

1. La negociación colectiva de condiciones de trabajo de los funcionarios públicos que estará sujeta a los principios de legalidad, cobertura presupuestaria, obligatoriedad, buena fe negocial, publicidad y transparencia, se efectuará mediante el ejercicio de la capacidad representativa reconocida a las Organizaciones Sindicales en los artículos 6.3.c); 7.1 y 7.2 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y lo previsto en este Capítulo.

A este efecto, se constituirán Mesas de Negociación en las que estarán legitimados para estar presentes, por una parte, los representantes de la Administración Pública correspondiente, y por otra, las Organizaciones Sindicales más representativas a nivel estatal, las Organizaciones Sindicales más representativas de Comunidad Autónoma, así como los Sindicatos que hayan obtenido el 10 por 100 o más de los representantes en las elecciones para Delegados y Juntas de Personal, en las unidades electorales comprendidas en el ámbito específico de su constitución.

2. Las Administraciones Públicas podrán encargar el desarrollo de las actividades de negociación colectiva a órganos creados por ellas, de naturaleza estrictamente técnica, que ostentarán su representación en la negociación colectiva previas las instrucciones políticas correspondientes y sin perjuicio de la ratificación de los acuerdos alcanzados por los órganos de gobierno o administrativos con competencia para ello...Y siguientes.
Esto entra en vigor el 13 de mayo.

Anodino 2 -

Van a pilotar 1 distrito por provincia de manera que dependa de consejeria.
El decreto sale tal como esta en 3 meses. Van a hacer un chapuz con lo de la sentencia para callar a los interesados de agricultura a cambio de interinos.

Anónimo -

Según éste individuo/a la situación es esquizofrénica:
Por un lado dice que ya se negoció el año pasado
y por otro lado manifiesta que éste borrador no se parece en nada al del año pasado( en palabras textuales:ha sufrido cambios sustanciales ).
Como puede admitirse a la vez que se negoció el año pasado y que ha sufrido cambios sustanciales.
¿Las negociaciones no son vinculantes?....
Supongo que si el sector afectado hubiera sido otro la reacción del sindicato no habria sido tan estoica....
y ya el colmo:"Hemos hecho alegaciones, a pesar de ello, sobre los temas que nos han llegado desde las provincias y afiliados /as sobre las funciones, efectos económicos, plantillas, baremos, etc."... es decir manifiestan no tener criterio propio sobre éste cuerpo y solo ser correa de trasmisión de sus afiliados...nadie les dijo que son representantes de todos los trabajadores porque si esto fuera así el partido gobernante solo deberá mirar por sus votantes o mejor dicho solo por sus afiliados.
En definitiva "ALEA IACTA EST" según jotope el 20 de diciembre en ésta misma dirección......
Y esperemos que nadie nos diga compasivamente que los idus de Marzo aún no se han ido” Porque llegar han llegado como predijo catón en ésta misma dirección también.
Con lo que se demuestra que ésta página tiene la maldición de Kassandra.

Anodino -

¿Es que no sabe nadie nada de la jornada de ayer en UGT?
Venga, ánimo, que alguien que haya asistido nos cuente algo.