Carrera profesional
El 5 de octubre se publicó la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, que en su TÍTULO IV. EL PERSONAL PROFESIONAL Y LA INVESTIGACIÓN EN SALUD PÚBLICA. CAPÍTULO I. FORMACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL EN SALUD PÚBLICA, Artículo 48. Principios generales para el ejercicio de las actividades de salud pública, indica:
4. A los profesionales sanitarios de la salud pública se les aplicará lo dispuesto en el Título III, sobre desarrollo profesional y su reconocimiento de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, definiéndose necesariamente la correspondiente carrera profesional,
que entrará en vigor en octubre de 2012.
¿Se cumplirá para todos, o nosotros seguiremos siendo excepción?